LA GRIETA SOCIAL – Aborto en Tartagal
Ley Nº 27.610 - Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), obligatoriedad de brindar cobertura integral y gratuita
A fines del mes de Agosto, del corriente año, en el Hospital Juan Domingo Perón de Tartagal, la Dra. M.R., llevó a cabo una Interrupción Legal del Embarazo, en un proceso gestacional de 22 semanas (casi 6 meses de embarazo), a una joven de 21 años de edad.

Días después, la Profesional fue cuestionada y detenida por un par de horas, en el Juzgado de Garantías 2 de Tartagal, a cargo de Fernando Mariscal Astigueta, y puesta a disposición del fiscal interviniente para la realización de la correspondiente audiencia de imputación, ya que se presentó una denuncia en la que indican que practicamente obligó a la joven a realizar el aborto luego de que la misma se echara para atrás en su decisión.
Cabe destacar que el 24 de Enero de 2021 entró en vigencia en todo el territorio nacional la Ley Nº 27.610 de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE). Ésta Ley dispone que los servicios públicos de salud, las obras sociales nacionales y provinciales y las empresas y entidades de medicina prepaga incorporen la cobertura integral y gratuita de la práctica. No requiere adhesiones provinciales ni reglamentación para su vigencia.
La Ley establece que, una vez solicitada la prestación por parte de la beneficiaria/afiliada, la OS o EMP tiene un plazo máximo de diez (10) días corridos para cumplir con la prestación. Estas prestaciones quedan incluidas en el Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica y en el PMO con cobertura total, junto con las prestaciones de diagnóstico, medicamentos y terapias de apoyo.
La ley garantiza:
- El derecho a decidir y acceder a la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 14, inclusive, del proceso gestacional.
- El derecho a decidir y acceder a la interrupción voluntaria del embarazo a partir de la semana 15 del proceso gestacional en las siguientes situaciones:
- Si el embarazo fuere resultado de una violación, con el requerimiento y la declaración jurada de la persona gestante, ante el personal de salud interviniente. En los casos de personas menores de 13 años de edad, la declaración jurada no será requerida.
- Si estuviera en peligro la vida o la salud de la persona gestante.
Lo que para mí es cuestionable es porqué se realizó el procedimiento con un embarazo de 22 semanas cuando la legalidad está encuadrada hasta la semana 14, a menos que se haya tratado de un resultado de violación, ya que la joven es mayor de 13 años. En éste marco no me parece una locura hablar de homicidio. Pero obviamente, por la confidencialidad y el secreto médico obligatorio durante todo el proceso de atención y también con posterioridad, es imposible acceder a la Historia Clínica de la joven, por lo tanto sólo podemos guiarnos de lo que se escriben en los medios y lo que pudimos ver en los mismos.

Pero otro tema es la diferencia entre IVE e ILE:
En Argentina, la ILE (interrupción legal del embarazo) está regulada con el protocolo de aborto no punible, cuya última actualización fue emitida por el ministro de Salud, Ginés González García, en 2019. Apenas unos meses antes, cuando finalizaba la gestión presidencial de Mauricio Macri, fue el entonces secretario de Salud, Adolfo Rubinstein, quien presentó su actualización.
Por su parte, la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) establece que cualquier mujer o persona con capacidad de gestar tiene derecho a acceder a la práctica hasta las 14 semanas de gestación sin necesidad de expresar su motivo al personal de salud. Luego de ese período, se aplicarían las causales ante un riesgo de salud, de vida o en caso de violación.
La Regional Salta de la Red de Profesionales de la Salud por el Derecho a Decidir, a través de un comunicado aseguró que la médica detenida «ha procedido desde los marcos normativos vigentes, respaldada por un equipo interdisciplinario que dejó constancia de todas las actuaciones en la historia clínica correspondiente, con transparencia activa y respetando los principios de autonomía y derecho a la salud de la persona que solicitó la ILE (Interrupción Legal del Embarazo)«. Pero es el abogado de la joven quien sentó una pesada duda en mi cabeza al decir que: –“del análisis de la historia clínica de mi clienta surgió que no se dio ninguna de las dos situaciones (violación o riesgo de vida). Entonces si no hay causal estamos hablando de un homicidio”.

Como era de esperarse, se realizaron varias manifestaciones (o pañuelazos), por la libertad de la Dra., frente al hospital Juan Domingo Perón, al Ministerio Público de la capital salteña y al Hospital Materno Infantil; lo que volvió a dejar al desnudo la grieta social que existe en éste tema, y la intolerancia para quien piensa distinto. Porque una cosa es manifestar y otra es maltratar o insultar.
Soy una convencida de que cuando se pide respeto hay que darlo, y lamentablemente eso se ve muy poco últimamente. No existe la tolerancia,ni el respeto a quien no piense o sienta igual que uno.
¿Será la pandemia? ¿Será la crisis económica? ¿Será el fanatismo? ¿Será la falta de educación?
¿Será la sed de Justicia? ¿Será el hartazgo de sentirnos usados?
Nosé que será, pero a veces me quedo pensando en si realmente estamos preparados para tantas libertades, que quizás sin querer, lastiman a otros…


¿estamos preparados para tantas libertades, que quizás sin querer, lastiman a otros?
Es genial!
gracias por tus comentarios.