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La Justicia suspendió la eliminación de Volver al Trabajo: los 900.000 beneficiarios seguirán cobrando

Un fallo judicial frenó los planes del Gobierno nacional de dar de baja el programa Volver al Trabajo a partir de mayo. El Juzgado Federal de Campana ordenó al Ministerio de Capital Humano que mantenga vigentes las prestaciones económicas que perciben los beneficiarios del esquema, con un plazo de tres días desde la notificación para cumplir con la medida.

La resolución alcanza a aproximadamente 900.000 personas que actualmente cobran $78.000 por mes bajo ese programa social. El fallo establece que el Estado Nacional deberá «mantener la vigencia de las prestaciones económicas que percibían los beneficiarios del Programa Volver al Trabajo» dentro del plazo estipulado.

Qué había anunciado el Gobierno
La administración de Javier Milei había dispuesto el reemplazo de Volver al Trabajo por «Formando Capital Humano», un nuevo esquema orientado a la capacitación laboral. La medida se oficializó a través de la Resolución 295/2026, publicada en el Boletín Oficial, donde se detallaron los lineamientos del programa y su alcance previsto.

A diferencia de Volver al Trabajo, el nuevo programa no contempla un cobro mensual para sus titulares, sino el acceso a más de 4.300 cursos de formación. El paso al nuevo esquema estaba previsto de forma automática para quienes ya participaban del programa anterior.

Qué es Volver al Trabajo y quiénes cobran
Volver al Trabajo fue creado como sucesor del Potenciar Trabajo y está dirigido a personas de entre 18 y 59 años en edad laboral. Todos los exbeneficiarios del Potenciar de hasta 59 años quedaron incorporados automáticamente al programa.

El objetivo declarado del esquema era mejorar las condiciones de empleabilidad a través de una combinación de instancias de capacitación, prácticas en ámbitos de trabajo y asistencia para emprendimientos productivos, con una prestación mensual de $78.000.

Qué pasa ahora

Tras la intervención judicial, el Gobierno deberá redefinir el rumbo de las asistencias sociales en este segmento. El fallo no implica necesariamente la continuidad indefinida del programa, pero sí suspende cualquier baja o modificación hasta que la Justicia se expida con mayor alcance sobre el fondo de la cuestión.

FUENTE : CRÓNICA

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