Condenan a la Provincia a pagarle a una Mujer
El adicional de bonificación por título desde el 8 de septiembre de 2016
La Sala IV de la Corte de Justicia rechazó el recurso contra la sentencia que hizo lugar parcialmente a una demanda y condenó a la Provincia de Salta a abonar a una mujer el adicional de bonificación por título desde el 8 de septiembre de 2016, más intereses a la tasa activa del Banco de la Nación Argentina para operaciones corrientes de descuento de documentos comerciales.
En la sentencia recurrida se consideró que si bien con la sola obtención del título universitario no lograba la mujer cumplir con todos los requisitos para disponer su recategorización, de la documentación de la causa surge que efectivamente cumplió con los presupuestos establecidos por los artículos 16 y 22 del Estatuto de Empleado Público de la Provincia de Salta y 1 de la Ley 6463, que habilitan el pago del adicional, circunstancia que la Provincia no cuestionó en la apelación.
En cuanto a los intereses consideraron los jueces de la Sala que “por tratarse de un reclamo de naturaleza alimentaria, no corresponde la aplicación de la tasa pasiva sino que deben devengarse los intereses conforme los resultantes del promedio mensual de la tasa activa aplicada por el Banco de la Nación Argentina para operaciones corrientes de descuentos de documentos comerciales”.
Y se pronunciaron por el rechazo de la apelación.
