Por agredir a su pareja deberá cumplir varias reglas de conducta
Y hacer tratamiento
Un hombre de 47 años fue condenado en juicio abreviado a seis meses de prisión condicional por resultar autor penalmente responsable del delito de lesiones leves agravadas por la relación de pareja previa y por el género.
El juez Guillermo Pereyra, vocal de la Sala VI del Tribunal de Juicio, ordenó que el imputado continúe en libertad por la modalidad de cumplimiento de la pena.
Le dictó una serie de reglas de conducta que deberá cumplir durante dos años para conservar la prisión en suspenso: fijar residencia, notificar cualquier cambio de domicilio al tribunal y someterse al cuidado del Programa de inserción social y supervisión de presos y liberados; prohibición total de acercamiento a la víctima, a los lugares que ella frecuente y a su domicilio en un radio de 200 metros; prohibición de realizar actos de violencia física, psíquica o moral en su contra; abstenerse de establecer cualquier tipo de contacto con al damnificada (personal, por vía telefónica, por redes sociales o sistemas informáticos de mensajería); abstenerse de abusar de bebidas alcohólicas y de consumir estupefacientes; realizar tratamiento psicológico previo informe de profesional que acredite su necesidad y eficacia y presentar cada dos meses constancias de su evolución.
El juez dispuso además que se le realice examen genético al condenado para su inscripción en el banco de datos genéticos.
El imputado fue denunciado por su pareja. La víctima refirió que se encontraban en el su domicilio, en Cafayate, cuando ella le preguntó “qué hacía con su teléfono celular”. El acusado reaccionó violentamente y la agredió con un golpe de puño en la frente.