Provincia de Mendoza, Covid19 y las reuniones clandestinas
La Cámara de Senadores de Mendoza sancionó un proyecto enviado por el Ejecutivo que establece arresto de 15 a 30 días.
Senadores mendocinos aprobaron un proyecto que sanciona con arresto las reuniones clandestinas.
Según se informó, el Senado aprobó la propuesta que incorpora el artículo 119 bis al Código Contravencional de la provincia con 22 votos positivos, 3 negativos del Frente de Izquierda, Protectora y el Partido Intransigente y 13 abstenciones del bloque Frente de Todos y pasó al Ejecutivo para ser promulgada.
La senadora Mercedes Rus fue la miembro informante por el oficialismo y enfatizó que esta norma contravencional es de «aplicacion temporal» mientras dure la emergencia y resaltó que lo que se quiere lograr es que «tenga un efecto disuasorio».
En tanto, el senador del Frente de Todos Alejandro Abraham indicó que las facultades en materia penal son delegadas por las provincias a la Nación, de allí que haya un Codigo Penal nacional.
En ese sentido, aseguró que esta conducta ya está tipificada en el articulo 205 del Código Penal: «Vamos a generar un disturbio judicial», añadió el legislador e indicó que la norma es «inconstitucional».
La norma establece sanciones de entre 15 y 30 días de arresto o trabajo comunitario desde 60 hasta 80 días para quienes no cumplan con las normas que regulan los encuentros y en caso de reincidencia la sanción se elevará al doble de su mínimo y máximo.
Agrega el texto que el objetivo es imponer «una sanción ejemplificadora a quien de manera irresponsable pone en peligro a la sociedad toda, no sólo por la posible propagación del coronavirus, sino también con la consecuente limitación a las actividades que han sido habilitadas, lo cual repercute a su vez en aspectos sociales y económicos».
El proyecto lo anunció el gobernador Rodolfo Suárez luego de que se generara un brote de coronavirus en el departamento de Maipú durante una fiesta clandestina en la que participó el denominado «caso 98».
En Mendoza actualmente solo están permitidas las reuniones familiares domiciliarias de hasta diez personas los domingos y los encuentros de hasta seis personas en restaurantes, bares o cafés todos los días.