La ANMAT dio de baja dos laboratorios y prohibió la venta de medicamentos de otro: cuáles son y por qué
ste miércoles la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) resolvió inhabilitar dos laboratorios y prohibir la comercialización de medicamentos y especialidades medicinales de la empresa Dental y Mediquil S.A. fuera del territorio bonaerense.
A través de la Disposición 63/2026, el organismo conducido por Luis Fontana anuló el certificado correspondiente a D.I.F.A Droguería S.O.C.F.A., al constatar que se encontraba vencido, y denegó su autorización para continuar operando. La compañía figuraba registrada como importadora y exportadora de especialidades medicinales en presentaciones farmacéuticas tales como cápsulas, comprimidos y líquidos no estériles.
De acuerdo con lo informado por la autoridad sanitaria, la firma contaba con un único certificado inscripto en el Registro de Especialidades Medicinales (REM), cuya vigencia había caducado el 17 de junio de 2017 y que nunca fue renovado conforme a la normativa vigente.
“La autorización para elaborar y comercializar una especialidad medicinal tiene una vigencia por el término de cinco años a contar de la fecha del certificado autorizante de acuerdo con lo establecido por el artículo 7° Ley N° 16.463; debiendo los titulares de los certificados inscriptos en el REM solicitar la reinscripción dentro de los 30 días anteriores a su vencimiento», detalló la Anmat en el texto oficial.
Otra firma quedó sin habilitación por no contar con registros vigentes
En paralelo, mediante la Disposición 66/2026, el organismo sanitario dispuso la baja de la habilitación de la empresa Enzima S.A., al verificar que no posee certificados vigentes inscriptos a su nombre en el REM. La compañía estaba habilitada como importadora y exportadora de medicamentos y figuraba además como representante de la firma Mucos Pharma.
Por último, la Anmat formalizó la Disposición 68/2026, a través de la cual prohibió a la firma Dental y Mediquil S.A. comercializar medicamentos y especialidades medicinales fuera de la provincia de Buenos Aires. La decisión se fundamentó en que la empresa operaba por fuera de la jurisdicción asignada sin contar con la autorización correspondiente.
Según se precisó en la normativa, la restricción permanecerá vigente hasta tanto la compañía obtenga la habilitación necesaria para realizar tránsito interjurisdiccional de medicamentos y especialidades medicinales, conforme a los requisitos establecidos por la regulación sanitaria nacional.
FUENTE : PERFIL
