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Familia conformó una organización delictiva para vender drogas

Todos irán a prisión

Miembros de una misma familia resultaron condenados a prisión efectiva por venta de sustancias estupefacientes. La audiencia fue presidida por la jueza Norma Beatriz Vera, vocal de  la Sala IV del Tribunal de Juicio.

Jorge Adrián Banda (55) resultó condenado a ocho años de prisión efectiva y multa por resultar autor material y penalmente responsable del delito de comercialización de estupefacientes agravada por la participación de más de tres personas en forma organizada. La jueza declaró al sujeto reincidente por cuarta vez y ordenó su traslado a la Unidad Carcelaria local.

Por el mismo delito, Lautaro Nicolás Banda (20), Jorge Juan Banda (57) y Mabel Alejandra Valencia (52) resultaron condenados a seis años y seis meses de prisión efectiva, en calidad de autores. La jueza ordenó el traslado de los dos primeros a la Unidad Carcelaria 1 y de la condenada a la Unidad Carcelaria 4.

Finalmente, en el mismo fallo, a Jazmín Leonela Ortega (22) le dictaron una pena de cuatro años de prisión efectiva como partícipe secundaria de comercialización de estupefacientes agravada por la participación de más de tres personas en forma organizada. En su caso, la jueza revocó el arresto domiciliario monitoreado por sistema UADME que venía cumpliendo la imputada y dispuso su prisión preventiva e inmediato traslado a la Unidad Carcelaria local.

Los imputados son todos integrantes de una misma familia y desempeñaban diferentes roles dentro de la organización delictiva. Lautaro Nicolás Banda es hijo de Jorge Adrián Banda y de Mabel Valencia. Jazmín Ortega es pareja de Lautaro Nicolás Banda.

Jorge Juan Banda es hermano de Jorge Adrián Banda.

Orán: lesionó a su pareja y lo condenaron

La jueza de la Sala II del Tribunal de Juicio de Orán, María Laura Toledo Zamora, condenó a un hombre, de 51 años a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional.

Durante la audiencia de juicio abreviado, el hombre reconoció haber cometido el delito de lesiones leves doblemente agravadas por tratarse de una persona con quien mantuvo una relación de pareja mediando convivencia y por ser hecho cometido por un hombre contra una mujer mediando violencia de género.

Durante dos años deberá fijar domicilio y tendrá que someterse al cuidado del Patronato. Además deberá abstenerse de cometer nuevos delitos y tiene prohibido ejercer malos tratos físicos, psicológicos u otros contra la denunciante y su grupo familiar.

En caso de incumplimiento injustificado de alguna de estas medidas, podría dejarse sin efecto la condicionalidad de la pena impuesta.

En el fallo, se ordenó que una vez firme la condena se proceda a la realización del examen genético del condenado, para su inscripción en el Banco de Datos Genéticos.

El acusado fue denunciado en Pichanal por su pareja, en mayo del año pasado.

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