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Condenado por el delito de abuso sexual simple agravad

El hombre deberá fijar domicilio

El juez de Garantías 4, Diego Rodríguez Pipino, condenó a un hombre de 46 años por ser autor del delito de abuso sexual simple agravado por la guarda y convivencia preexistente con una menor de edad. Cumplirá la pena de tres años de prisión de ejecución condicional.

Por el término de la condena, el hombre deberá fijar domicilio y comunicar cualquier cambio. Además tiene prohibido ejercer actos de violencia física o psicológica en contra de la menor, de su madre y de su familia. Tampoco podrá acercarse a ellos, a su domicilio o lugares que frecuenten, en una distancia menor a trescientos metros. No consumirá estupefacientes ni abusará de la ingesta de bebidas alcohólicas.

Tendrá la obligación de efectuar diagnóstico y eventual tratamiento psicológico con perspectiva de género por sus impulsos. Finalmente, deberá concluir sus estudios o adoptar arte, oficio o profesión. Será incorporado en el Banco de Datos Genéticos correspondiente.

Durante la audiencia de juicio abreviado, el hombre reconoció que, aprovechando que su pareja, y madre de la niña, no se encontraba presente en el domicilio, tocó a la menor en sus partes privadas por encima de la ropa. Agregó que esto sucedió cuando la niña cursaba primero o segundo grado de primaria.

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