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Condenado por abuso simple agravado en perjuicio de su hijastro

Deberá hacer tratamiento y mantenerse alejado

En la Sala II del Tribunal de Juicio, E. A. F. (34) fue condenado a tres años de prisión condicional por resultar autor del delito de abuso sexual simple agravado por la guarda, la convivencia y por ser cometido en perjuicio de un menor de dieciocho años.

Durante tres años, el imputado deberá cumplir las siguientes reglas de conducta: fijar residencia y comunicar al tribunal cualquier cambio; someterse al control del Programa de inserción social y supervisión de presos y liberados o su equivalente en su lugar de residencia; abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; realizar tratamiento psicológico atento a la naturaleza de los hechos por los cuales resultó condenado y lo dictaminado; prohibición de acercamiento en un radio de 500 metros al menor damnificado, a su lugar de residencia, establecimiento escolar y lugares que él frecuente; prohibición de contactarse con el menor por cualquier medio (redes sociales, teléfono,  whatsapp, interpósita persona – en particular a través de su madre- etc.). Todo ello con apercibimiento de revocarse la modalidad condicional de la pena en caso de incumplimiento.

Además, se ordenó la extracción de material genético del condenado por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.

La audiencia de debate unipersonal fue presidida por la jueza interina Carolina Sanguedolce.

A. F. fue denunciado por una tía abuela del niño (línea materna). La mujer contó que había notado algunas actitudes extrañas en el menor (6) pero no lograba que le contara qué le ocurría. Un día que el niño se quedó a solas con ella le preguntó una vez y le contó que su padrastro le tocaba sus partes íntimas durante la siesta y por las noches, y que por eso él no podía dormir.

Por el Ministerio Público intervino el fiscal penal Pablo Rivero. La defensa del imputado estuvo a cargo de Luis Fernando Díaz Zabalaga. En la parte querellante y actoría civil intervinieron Ricardo Belbruno y Sofía Isasmendi. Participó la asesora de Incapaces 4, Noelia Pérez de González.

Nota: Se omitió el nombre completo de las personas involucradas para preservar la identidad del menor y su derecho a la intimidad y confidencialidad, en virtud de la Convención de los Derechos del Niño (artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional, Ley 23849) y las Leyes 26061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y 26522 de Servicio de Comunicación Audiovisual.

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