CORONAVIRUS COVID 19DESTACADASALUD

Covid19. Salta con nuevas medidas frente a la pandemia.

COE. Lo que se debe saber respecto de las normativas ASPO Y DISPO.

Salta, estas son las medidas tomadas por el gobierno de la provincia de Salta.

Las mismas entraron en vigencia a partir de la 00.00 del día 21 de septiembre, extendiéndose hasta el día 11 de octubre inclusive.  En esa fecha y de acuerdo al resultado obtenido, se emitirán las nuevas dispisiciones aplicables en la situación de pandemia.

✅ Los departamentos San Martín, Cerrillos, Rosario de Lerma, General Güemes, La Caldera, Orán y Capital, se encuentran en Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO).

✅ El resto de los departamentos continuarán con el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO).

✅ Departamentos en ASPO:

– Los comercios y la gastronomía sólo podrán realizar envíos a domicilio.

– Los bancos no atenderán de manera presencial.

– Podrán circular aquellas personas que cumplan actividades esenciales solamente con permiso de circulación.

– Se encuentran exceptuadas las actividades y servicios detallados en el DNU Nacional.

✔ EN TODA LA PROVINCIA:

Sigue la limitación a la circulación de personas entre las 00 y 06 horas, excepto esenciales.

✅ Reuniones familiares, sociales y turismo interno, permanecen suspendidos.

Comercios de cercanía (drugstores, kioscos, y despensas) pueden funcionar hasta las 22 hs.

✅ La Administración Pública Provincial continuará trabajando con la concurrencia mínima del personal, y se procura el teletrabajo.

✅ Prohiciones nacionales:

– Departamentos en ASPO: Dictado de clases presenciales en todos los niveles y todas las modalidades. Eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos.

Centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado que implique la concurrencia de personas.

– Departamentos en DISPO: Realización de eventos culturales, recreativos y religiosos en espacios públicos o privados con concurrencia mayor a diez (10) personas; y deporte donde participen más de diez (10) personas. Cines, teatros, clubes, centros culturales.

Res COE 54_20

Redacción.

WP2Social Auto Publish Powered By : XYZScripts.com