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ANMAT prohibió tres marcas de aceite de oliva y una de azúcar por diversas irregularidades

Por medio de una serie de resoluciones publicadas en el Boletín Oficial de este miércoles, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta al público de tres marcas de aceite de oliva y una de azúcar por diversas irregularidades.

Tras realizar las correspondientes investigaciones, el organismo de control estatal prohibió los productos alimenticios e informó que se trata de las marcas de aceite de oliva: Los Ayllos (Córdoba), Olivares del Rey (Córdoba) y Valle de Tunuyán (Mendoza), mientras que la de azúcar es de la marca Dulzura (Tucumán).

Aceite de oliva prohibido por ANMAT
En tanto, el primer caso se publicó en la Disposición 5093/2025, en la que el aceite de oliva de Los Ayllos fue denunciado por un particular que advirtió inconsistencias en su rótulo, y tras esto, las autoridades competentes encontraron que la razón social “Los Ayllos” no existe formalmente y que la planta declarada no estaba en funcionamiento.

En tanto, el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) figuran registrados a nombre de otros elaboradores, y por consiguiente se determinó que el producto estaba “falsamente rotulado” y su “trazabilidad es nula” por lo que no puede comercializarse en tiendas ni online.

Por otra parte, la Disposición 5095/2025 prohibió la venta de Olivares del Rey, y se trató de un caso similar, en donde el consumidor puso en duda la veracidad del etiquetado. Tras la denuncia pertinente se verificó que el número de RNE impreso en la botella no existe y que el RNPA corresponde en realidad a otro producto distinto.

Además, la supuesta planta fraccionadora, ubicada en la localidad cordobesa de Cruz del Eje, no contaba con habilitación válida ni coincidía con los datos declarados. Por esta combinación de irregularidades, la ANMAT dispuso la prohibición total de su comercialización.

Sobre el aceite de oliva Valle de Tunuyán, una irregularidad salió a la luz tras una denuncia de la firma Almazara S.A., que advirtió que se estaba usando su número de RNE sin autorización. La investigación del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) comprobó además que el número de RNPA declarado en el envase directamente no existía. Por lo tanto, corrió con la misma suerte que los dos anteriores, y la medida se oficializó con la Disposición 5096/2025.

Finalmente, el ente estatal dispuso la prohibición de elaboración y comercialización del azúcar marca Dulzura que se vendía como “Azúcar común tipo A” con origen declarado en Tucumán. La investigación comenzó por la denuncia de un particular que decantó en que las autoridades detectaran un falso rotulado del producto, y esto se plasmó en la Disposición 5094/2025 del Boletín Oficial.

FUENTE CRONICA

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